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Por Caso Anthony Santos Suprema Corte Suspende Exequátur A Abogado Y No Podrá Ejercer Profesionalmente Durante Un Año


La Suprema Corte de Justicia (SCJ) suspendió por un año el exequátur del abogdo Juan Ramón Estévez Belliard, atendiendo a una querella disciplinaria interpuesta por el cantante bachatero Anthony Santos a través de su representante legal, el doctor Carlos Balcácer.
La información está contenida en un comunicado emitido por la oficina de Balcácer, aparecido como espacio pagado a página completa (la 7A) en el matutino Listín Diario de la fecha… Más…
En suprimer párrafo el comunicado indica lo siguiente: “En un mensaje dirigido a garantizar el ejercicio diáfano, transparente y ético de los abogados de la Nación, el augusto Pleno de la Alta Corte de Justicia de la Nación, suspendió por un año, el exequátur para el ejercicio de la abogacía al Dr. Juan Ramón Estévez Belliard, ante el temerario comportamiento del mismo, al trabar embargos retentivos y oposiciones a pagos a la cuenta del artista Domingo Antonio Santos Muñoz (a) Anthony Santos, sin tener ningún aval judicial o documental”.
Señala que la sanción se registra en la sencencia número 56 del 17 de Octubre de este año y su dispositivo textual indica lo siguiente:
“Falla: Primero: Declara culpable al Lic. Ramón Estévez Belliar, de violación al artículo 8 de la Ley N°111, del 3 de Noviembre de 1942, sobre Exequátur de Profesionales, modificada por la Ley N° 3958 de 1954; y en consecuencia dispone su inhabilitación par el ejercicio de la profesión de abogado por un periodo de un (1) año, a partir del cumplimiento de los actos procesales que se disponen en el original que sigue; Segundo: Ordena que esta decisión sea comunicada al Procurador General de la República, al Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), a los interesados y a que sea publicada en el Boletín Judicial”.
..."El mundo de las celebridades y La actualidad" ...... Numero 1 En Publicaciones de Noticias de Bachata Urbana Romantica

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